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Ayudas de entre los 160 y 400 euros para el alquiler a la juventud de Galdakao

Los y las jóvenes de entre 18 y 35 años podrán solicitarlas a partir de octubre

Con el objetivo de promover la autonomía de la juventud local y ayudar a su emancipación, el Ayuntamiento de Galdakao ha lanzado una línea de subvenciones de entre 160 y 400 € para facilitar el acceso a la vivienda a quienes tengan entre 18 y 35 años y cumplan los requisitos exigidos.

Será a partir de octubre cuando estos y estas jóvenes puedan solicitar las citadas ayudas respecto al alquiler de 2025. Ayudas que contemplan tres tipos de beneficiarios y beneficiarias: personas físicas individuales, personas cotitulares del alquiler (que comparten piso sin formar una unidad convivencial) y unidades convivenciales formadas por parejas (casadas o en relación análoga), con o sin menores a cargo, o por una persona con menores a su cargo.

La concesión de las ayudas se basará en criterios de ingresos, situación de especial necesidad de vivienda (como víctimas de violencia de género, familias numerosas o monoparentales, o unidades con personas con discapacidad o enfermedad mental), y la antigüedad en el registro de solicitantes de vivienda.

Vivienda Galdakao

Requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años, inclusive
  • Estar empadronado o empadronada en Galdakao, en la vivienda objeto de la subvención
  • No tener ninguna vivienda en propiedad, ni el o la solicitante individual ni ningún miembro de la unidad convivencial
  • Ningún miembro de la unidad convivencial podrá tener relación familiar hasta segundo grado con el arrendador o arrendadora o con cualquiera de los miembros de su unidad convivencial
  • Ser titular del contrato de alquiler, ya sea de forma individual o como unidad convivencial. El contrato debe ser de una vivienda libre, tener una duración mínima de 12 meses, y el domicilio debe ser habitual y permanente
  • El pago de la renta debe ser con factura y realizarse mediante transferencia bancaria u otro método reflejado en un documento bancario
  • Acreditar ingresos anuales brutos superiores a 10.000 euros y no superar los 30.000 euros en el caso de solicitantes individuales, ni los 45.000 euros en unidades convivenciales de dos o más personas

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